a.
Finalidad.
Promover una actuación educativa orientada
a la diversidad para ofrecer a estos menores las oportunidades necesarias para
su integración social y ofrecer a los alumnos que requieran una atención
educativa diferente a la ordinaria una respuesta ajustada a sus características
y necesidades, facilitándoles el máximo desarrollo posible de sus capacidades
personales y, en todo caso, alcanzar los objetivos y competencias básicas
establecidas con carácter general para todo el alumnado.
b.
Estudiantes
destinatarios.
Alumnado de catorce a veintitrés años, que
esté sometido a medidas judiciales.
c.
Recursos
necesarios.
El equipo directivo del centro confirmará
la matrícula del alumno, en la medida en que se le informe que su centro habrá
de escolarizar a un menor sometido a medidas judiciales de reforma y promoción
juvenil.
Los procesos de enseñanza-aprendizaje
serán una tarea conjunta entre el tutor y el orientador o los apoyos
pertinentes y el agente externo del centro de promoción juvenil.
Material curricular, lúdico, TIC,
equipamiento escolar, aulas del centro en función de las actuaciones y medidas
que se lleven a cabo con dicho alumno.
d.
Protocolo
para el seguimiento, revisión y evaluación.
Una vez el alumno esté escolarizado en el
centro, se establecerá un periodo de coordinación entre agentes externos y
personal docente para intercambiar información sobre distintos aspectos de
interés, tales como: contenidos, programación, procesos de
enseñanza-aprendizaje, participación de las familias cuando se estime oportuno,
evaluación, etc., y se concretará el plan a realizar con cada una de las
materias con la finalidad de reincorporar al alumno al sistema educativo
ordinario y, por ende, al sistema social.
FUENTE
Lozano, J., Cerezo, M. C., & Alcaraz, S. (2016). Medidas específicas de atención a la diversidad. En J. Lozano, M. C. Cerezo, & S. Alcaraz (Ed.), Plan de atención a la Diversidad (pp.161-234). Madrid: Alianza Editorial.